7 temas legales que la pandemia pone en debate, explicados por Derecho en Zapatillas- RED/ACCIÓN

7 temas legales que la pandemia pone en debate, explicados por Derecho en Zapatillas

 Una iniciativa de Dircoms + RED/ACCION

¿Me pueden echar del trabajo o rebajar el sueldo? ¿Qué pasa si ya compré un viaje que no puedo hacer? ¿Me pueden aumentar el alquiler? ¿La garantía de un electrodoméstico se extiende? A estas preguntas y otras, contesta el abogado Sergio Mohadeb.

7 temas legales que la pandemia pone en debate, explicados por Derecho en Zapatillas

Intervención: Pablo Domrose

En los últimos días se tomaron medidas de emergencia que tienen un impacto directo en temas legales que nos atraviesan prácticamente a todos. La idea, entonces, es clarificar algunas dudas comunes porque si bien la legislación es amplia, no siempre es accesible y deja zonas grises para la interpretación, sobre todo ante un caso de fuerza mayor.

¿Qué ocurre con los viajes y servicios ya acordados?

En principio, todo se reprograma, se posterga: el recital, el curso, el viaje. Ocurre porque no pueden realizarse, pero no a causa o por culpa de alguna de las partes sino de la fuerza mayor y de las medidas que se adoptaron para evitar la propagación de la pandemia.

En consecuencia, no hay derecho a reclamos pero sí a postergar las prestaciones. Se congela todo hasta que se puede sacar del freezer.

Pero a veces no es tan simple porque la prestación o el servicio se adapta. Un curso presencial, por ejemplo, puede no ser igual que un curso online. Para algunas personas, un viaje en abril puede no ser igual que en septiembre. Entonces, en esos casos, puede corresponder un reembolso, aunque sea parcial. Lo mismo si más adelante no se pudiese asistir a ese curso o viaje.

Foto: AFP

Para los servicios técnicos, por ejemplo de electrodomésticos, si este no puede prestar la garantía, el plazo de esa garantía se extiende hasta que se reanude y se pueda hacer uso del servicio técnico.

Pero ojo. A nivel jurídico, la fuerza mayor es un acontecimiento imprevisible e inevitable que no genera responsabilidad de las partes. ¿Cómo se negociarán las entregas y prestaciones pendientes? En principio buena fe de las partes pero si no hay acuerdo surgirán los litigios, ni que hablar del derecho ante situaciones de insolvencia, concursos y quiebras.

Alquileres para vivienda y comerciales: congelados pero...

Desde el 20 de marzo se aplica el rayo congelante. Abarca a los alquileres de viviendas y de locales o predios alquilados por pymes. Es fundamental tener el certificado pyme, que se tramita en forma gratuita por la plataforma de Trámites a Distancia. Un monotributista también puede obtenerlo respecto de su emprendimiento.

Esto permite no solo prorrogar el plazo hasta el 30 de septiembre sino también el precio. Pero cuidado: la diferencia entre lo que se paga en marzo y lo que hubiera correspondido por contrato se pagará en octubre. En hasta 6 cuotas, sí, pero más adelante. Esto rige salvo que el locador sea vulnerable (es decir viva del alquiler), y en tal caso todo sigue como antes.

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El rol de los tres poderes ante una emergencia

Cuando estudiaba Derecho en la facultad, era habitual estudiar casos del derecho en tiempos de emergencia. Siempre fueron crisis económicas: la década del 30 trajo una crisis de la vivienda que motivó una fuerte intervención estatal en temas de alquileres; la del 50 trajo la regulación del mercado laboral y así.

El derecho de emergencia habilitaría a que el Estado pueda intervenir y restringir derechos con mayor intensidad. Pero, ¿cuáles son los roles de los poderes en una democracia constitucional? ¿Podría funcionar el Congreso de forma virtual? En principio, sí. ¿Cuáles son las formas jurídicas a replantear según los nuevos tiempos?

En forma paralela, en el sector privado, hay contratos con menores formalidades o por mails que sirven de prueba para un contrato. Tampoco se exigen certificaciones de los colegios profesionales, o se hacen online. Y ahora la Corte admitió presentar demandas de forma online y algunos jueces permiten notificar temas urgentes, como demandas por alimentos, vía WhatsApp.

Bancos, tarjetas de crédito y planes de ahorro

Hay varias consultas por la atención virtual que tienen que ofrecer los bancos. Como regla general, es un derecho no ir a la sucursal. En caso de no poder contactar al banco, el Banco Central lista los mails de los responsables de atención al cliente para que puedas escribir por cualquier problema. 

Hay veces que el banco pide presencia física en la sucursal. “El problema es que como la tarjeta no tiene chip, la opción telefónica tampoco sirve”, me comentaba una persona. En ese caso, por ejemplo, el banco debe enviar una nueva tarjeta, cuanto antes. Se trata de ser creativos y aplicar medidas de seguridad pero en un contexto de cuarentena general. Las respuestas tipo robot no ayudan sobre todo considerar los casos de personas de riesgo (adultos mayores y demás).

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Los vencimientos de tarjetas de crédito que no se paguen se prorrogan dentro de tres meses, plazo de gracia. Después se podrán pagar en hasta 9 cuotas mensuales, iguales y consecutivas con una tasa nominal anual del 43% que correrá desde hoy.

Es decir que si se tienen los pesos, puede convenir pagar para que no corran intereses. Si no, es una opción para financiarse, en general más barato que tomando un préstamo (salvo los préstamos PYME con tasa 24% que instauró el gobierno ante esta crisis) o vender dólares al valor oficial que es la única vía legal.

El dólar blue es ilegal, pero se puede recurrir al llamado “dólar bolsa”, que implica comprar bonos con pesos, especular unos días y luego venderlos para recibir los dólares.

Qué protección tiene el trabajo formal o registrado

Hay casos en que las empresas están ofreciendo retiros voluntarios. Pero lo más importante es saber que siempre el trabajador puede aceptar o no la propuesta. O, dicho al revés, la empresa no puede obligar al trabajador a aceptar la oferta.

Tampoco pueden reducir los sueldos en forma unilateral. Es cierto que algunos trabajadores no tienen otra alternativa que aceptar una merma temporal si la empresa experimentase verdaderas dificultades financieras y para asegurar la continuidad laboral. Pero igual por el principio de irrenunciabilidad, todo pago que el trabajador reciba se considera a cuenta.

La vía indicada, de todas maneras, si la empresa necesitase reducir remuneraciones sería hacer un procedimiento preventivo de crisis, con acuerdo del gremio y homologación del Ministerio de Trabajo.

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Los despidos y suspensiones, incluso los basados en fuerza mayor, están prohibidos por dos meses. En algunos casos se podría cobrar menos por rubros como presentismo (discutible) o comisiones (ni hablar propinas en gastronomía). Hay un debate con respecto al período de prueba, porque el decreto nacional que prohíbe despidos no distingue expresamente.

Para todo comercio o industria que pueda abrir, sea formal o informal, deben adoptarse protocolos que minimicen el riesgo de transmisión del coronavirus. Distancia social, ambientes ventilados, provisión de elementos de seguridad, incluso ya hay jurisprudencia sobre docentes, y también personal de enfermería.

El trabajador tiene derecho de que le provean los elementos de protección adecuados. Finalmente, las ART deberán cubrir los casos de coronavirus de los trabajadores exceptuados de la cuarentena total, según un decreto reciente.

Cómo funciona la protección sobre el empleo informal

La crisis por el coronavirus puso en evidencia la precariedad de una gran parte del mercado laboral en la Argentina. E incluso cuando un trabajador tiene el amparo legal, porque la ley también protege al trabajador informal, no siempre pueden esperar los largos años que dura un juicio laboral.

El ingreso familiar de emergencia se pensó para justamente los trabajadores de la economía informal. Si ANSES lo rechazara por la situación socioeconómica que evalúan, igual debe expresar los motivos o se puede enviar una nota por medios electrónicos de reclamo al organismo, un recurso administrativo que no requiere formalidades.

Como siempre, todo trabajador no registrado puede iniciar un reclamo, aunque lamentablemente se expone a perder su fuente de trabajo. Es la realidad.

La prohibición de despidos abarcaría también a los trabajadores no registrados. Entonces podrían pedir la regularización. Pero después del plazo del decreto hay riesgo de que los desvinculen. El dilema está.

¿Me pueden echar del trabajo o rebajarme el sueldo? ¿Qué hago si ya compré un paquete turístico? ¿Se extiende la garantía de un electrodoméstico? ¿Cómo negocio el contrato de alquiler? A estas y otras preguntas, el abogado de las redes sociales, Sergio Mohadeb.
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Nuestra privacidad y nuestras obligaciones

Una vez que superemos la pandemia, habrá que decidir cuántas de las facultades excepcionales motivadas por la emergencia permanecen. ¿Es legal que el Estado use una app para monitorear tu salud? ¿Incluso cuando son datos que el usuario remite voluntariamente? ¿Y un GPS para saber la ubicación en tiempo real en todo momento?

Creo que algo que nos enseña esto es que también hay obligaciones que tenemos como individuos que formamos parte de una sociedad.

El punto es el equilibrio y la razonabilidad: qué tan proporcionales son las medidas en comparación con la restricción de derechos que implican. Que las medidas estatales sean acordes al fin buscado, y que no haya medios menos restrictivos de derechos, a fin de que superen el test de validez constitucional.

En tiempos de emergencia, la jurisprudencia ha admitido que el Estado intervenga en mayor medida, y que en forma temporal, sin resignar derechos de las minorías ni discriminar, haya mayores restricciones. Por eso, parece lógico pedir usar barbijo y otras medidas de prevención y control de la enfermedad en tanto estén basadas en evidencia científica seria y objetiva.

En ese sentido, tomar cierta distancia social y usar barbijo para proteger al resto parece razonable en forma temporaria. Sobre el barbijo, es importante que los que compren en lugares seguros y capacitarse en el buen uso. Para los llamados caseros no hace falta aprobación de la Anmat pero si compran que al menos sea en condiciones de higiene. Y un último avios: incluso con el barbijo, y con mayor razón los de tipo caseros, tomar distancia.

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