Por qué genera controversias la reforma al sistema para juzgar a adolescentes que cometieron delitos- RED/ACCIÓN

Por qué genera controversias la reforma al sistema para juzgar a adolescentes que cometieron delitos

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Por qué genera controversias la reforma al sistema para juzgar a adolescentes que cometieron delitos

Intervención: Pablo Domrose / Foto Unicef Argentina

El Gobierno envió al Congreso un proyecto de ley para crear un nuevo sistema de responsabilidad penal juvenil. Propone bajar la edad de imputabilidad a los 15 años y crear castigos alternativos para evitar que muchos sean encerrados. Si prospera la reforma, ¿qué impactos tendría en los adolescentes que cometieron delitos? ¿Habría más jóvenes presos y por más años? ¿El sistema judicial sumará la estructura como para ordenar sanciones alternativas al encierro? El Gobierno afirma que sí, pero especialistas en derecho juvenil y Unicef creen que muchos cambios son un retroceso en los derechos de niñas, niños y adolescentes. En esta nota, te explicamos qué modificaciones se quieren instaurar y qué impacto tendrían.

Advierten que en lo inmediato podrían aumentar los encierros

El sistema actual se rige por una ley de 1980, decretada por la última dictadura. Ese texto dice que nadie es punible si tiene 15 años o menos. Y que sí es imputable si tiene 16 o 17 años y cometió un delito cuya pena máxima es de 2 años o más. Es decir, desde homicidios hasta hurtos, estafas o daños a propiedades privadas: la mayoría de los delitos.     

La propuesta del Gobierno mantiene las mismas condiciones para los menores de 16 y 17 años, pero incorpora a los de 15. Define que son condenables si cometen delitos sancionados con hasta 15 años de prisión: homicidios, violaciones, secuestros extorsivos, robos con arma de fuego y lesiones gravísimas. Todos son delitos graves.

Unicef y el colectivo de organizaciones que forman Infancia en Deuda están en contra de esa medida. Coinciden en que agrava las penas y significa un retroceso en materia de derechos humanos.

“Con la estructura actual, lo que los jueces tendrán más a mano es la privación de la libertad. Pienso que el proyecto pudo haber incluido algún tipo de responsabilidad para esa edad, pero sin contemplar el encierro”, advierte Germán Martín, fiscal de delitos juveniles de Neuquén y uno de los especialistas que participó de los talleres previos que organizó el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación antes de redactar el proyecto.

En el último de esos encuentros se trató la baja de la edad de imputabilidad. En el resumen del taller, el ministerio reconoce que “con amplia mayoría, los participantes se pronunciaron por mantener la edad de imputabilidad en 16 años”.

Unicef está convencido de que el esfuerzo del Estado debe darse antes de que el adolescente cometa un delito y señala la necesidad de un “fuerte trabajo en las políticas de niñez y adolescencia”. ¿En qué se basa? En un trabajo reciente en el que entrevistó a 508 de los 1300 adolescentes presos en el país: la mitad no iba a la escuela cuando lo encerraron; 1 de cada 3 vivió en la calle; el 61% empezó a trabajar con menos de 16 años; la mitad consumió cocaína y el 23% pasta base; y 1 de cada 4 tiene al menos un hijo.

En el Ministerio de Justicia reconocen que bajar la edad de imputabilidad podría elevar de 6800 a 7100 los adolescentes en conflicto formal con la ley. “Pero si se tienen en cuenta que habrá medidas alternativas al encierro no necesariamente ese incremento implica más encierros”, considera Deborah Dobniewsky, la funcionaria de la Subsecretaría de Justicia y Política Criminal que lideró el proyecto de reforma.  

Foto: Unicef Argentina / Pepe Mateos

Un sistema especializados y con sanciones alternativas

Una de las columnas vertebrales del proyecto del Ejecutivo es la inclusión de alternativas de castigo que no son la prisión. En ese aspecto hay consenso en que la propuesta es un gran avance respecto a las herramientas que hoy tienen los jueces.

“La finalidad principal del sistema penal juvenil que queremos instrumentar es fomentar en el adolescente el sentido de la responsabilidad por sus actos y procurar su integración social”, remarca Dobniewsky.

Por eso, si bien el universo de adolescentes punibles crecería en caso de prosperar la ley, las herramientas para sancionarlos sin enviarlos a un instituto son mucho más y quedan establecidas por ley:

  • Remisión. El juez puede perdonar y declarar extinguida la acción penal. Pero deberá mandar al adolescente a que se sume a un programa, estatal o comunitario, que promueva y atienda los derechos adolescentes.
  • Mediación. La víctima o el adolescente imputado podrán pedir que se inicie una mediación para llegar a un acuerdo. Estará a cargo de un mediador ajeno al tribunal.
  • Acuerdo restaurativo. También podrán iniciar un diálogo para solucionar la controversia que motivó el delito denunciado y restaurar el daño producido.
  • Sanciones socioeducativas. El juez tendrá la chance sancionar al adolescente con la asistencia a una capacitación laboral, a una actividad deportiva o un tratamiento médico o psicológico, por ejemplo.
  • Sanciones disciplinarias. Además, existiría la posibilidad de prohibirle la conducción de motos o autos, resarcir un daño, limitar el acceso a determinado lugar o realizar trabajo comunitario.

Lo que instaurarían estas herramientas es una justicia especializada. “En algunos casos, permite prescindir de la acción penal fundada en las circunstancia del hecho y la reparación del daño”, explican desde el Ministerio de Justicia,

Esperan menos arbitrariedades de los jueces

La ley actual no ofrece respuestas para los menores de 16 años, pero le otorga a los jueces un poder tutelar discrecional. Ese poder habilita encarcelamientos que podrían considerarse inconstitucionales o contrarios a la Convención sobre los Derechos del Niño. De hecho, hay, o hubo, adolescentes de 15, 14, 13 y hasta 12 años presos. Por ejemplo, en las provincias de Córdoba y Buenos Aires.

Un informe de septiembre del año pasado hecho por la Secretaría Nacional de Niñez, Adolescencia y Familia expone que en el país hay 99 menores de 16 años privados de la libertad.

“La reforma deja en el juez la responsabilidad de definir una sanción, pero se apoya en el trabajo de un equipo multidisciplinario que creará la ley y que tendrá a su cargo el diseño de un plan individualizado para cada sanción”, explica Dobniewsky, aunque reconoce que la decisión última es del juez: “La ley debe evitar arbitrariedades, pero mantiene el derecho de un juez a interpretar la norma de manera armónica con la propia ley, la Constitución y los tratados internacionales”.

Temor por el tratamiento que tendrán los menores de 15

El proyecto los considera inimputables y afirma que “no serán sometido a proceso penal”. Y señala que en caso de que un adolescente de menos de 15 años comete un delito, el juez debe declarar la inimputabilidad, mientras que el fiscal “deberá realizar una investigación”, “determinar la existencia y circunstancia del delito” y el rol que ocupó el adolescente.

Sin embargo, la ley habilita al juez o al fiscal a dar intervención a organismos de protección de derechos del niño, niña o adolescente para implementar instancias de mediación o acuerdos restaurativos.

“El proyecto propone un abordaje para el menor de 15 años desde la justicia penal. Y nos asusta porque tenemos jueces que tienen una mirada tutelar”, advierte Juan Facundo Hernández, uno de los candidatos finalistas a ocupar el cargo de Defensor del Niño, una figura creada por ley en 2005 pero aún no constituida.

Ese punto también es cuestionado por Infancia en Deuda: “Vemos con preocupación que el proyecto mantenga la posibilidad de que los jueces penales establezcan medidas de carácter sancionatorio sin debido proceso respecto a adolescentes no punibles”.

Para el Ministerio de Justicia, más allá de esa lectura, lo que dejaría en claro esta ley es que “nunca más podrá haber jóvenes inimputables institucionalizados”. Es decir, menores de 15 años en prisión.   

Agrava las penas, pero también podría reducirlas

Unicef fue uno de las principales instituciones que participó del debate previo a la redacción del proyecto. Sin embargo, quedaron poco conformes con el articulado. Entre otros puntos, porque consideran que “agrava las penas”.

Se basan en que el castigo máximo para un adolescente de 15 años son 15 años de prisión. Mientras que a los de 16 y los de 17 años no dispone ningún tope. El proyecto señala únicamente que nadie puede ser castigado con prisión perpetua.

“Poder darle la misma cantidad de años de prisión que los que tiene de vida, es demasiado. Y encerrar por todavía más años a un adolescente de 16 o 17, es renunciar como Estado a cualquier posibilidad de resocialización”, critica el juez penal juvenil de San Martín Gabriel Peñoñori, quien también participó de la discusión del proyecto oficial.

Para el Gobierno, ese razonamiento no es tan lineal. “Se instauran instancias previas, como las de restauración y mediación, que podrían disminuir las penas”, aclara Dobniewsky, que es abogada penalista especializada en justicia penal juvenil.

Foto: Unicef Argentina / Pepe Mateos

Impone garantías mínimas, pero poco ambiciosas

Uno de los puntos elogiados del proyecto que fue enviado al Congreso es que prohíbe expresamente alojar a adolescentes en comisarías, algo que ahora ocurre.  

También impone que el adolescente debe ser informado de la imputación y que debe hacerse en un lenguaje fácil de comprender. Y deja en claro que el juez tiene que escuchar al adolescente “cada vez que lo solicitare”.

Pero hay algunas garantías mínimas que varios especialistas consideran poco pretenciosas: establece que la prisión preventiva no podrá exceder un año, prorrogable por otro año; y que todo el proceso de juzgamiento no puede durar más de tres años.

“En Neuquén, por ejemplo, yo puedo mantener con prisión preventiva a un adolescente sólo 30 días. Y el proceso no puede durar más de 6 meses”, remarca el fiscal Germán Martín.

En la provincia de Buenos Aires, en tanto, los tiempos también son más breves de lo que propone el proyecto de ley: “De preventiva puedo otorgar 180 días prorrogables por otros 180 días”, detalla el juez Peñoñori.

La explicación que tiene el Gobierno sobre este tema es que el sistema que proponen establecería estándares mínimos para todo el país. “Son condiciones mínimas, pero cada provincia puede mejorar esos plazos, la ley no lo impediría”, argumenta Dobniewsky.

¿Quién garantiza la inversión necesaria?

Para que ningún adolescente quede detenido en un lugar que no sea específico para menores de edad y para que los jueces juveniles cuenten con equipos de psicólogos, sociólogos y médicos, será necesario una inversión en infraestructura y recursos humanos.

Uno de los último artículos del proyecto compromete fondos: “Las erogaciones que requiriere el cumplimiento de la presente ley se atenderán con los recursos que se incluyeren en las leyes presupuestarias correspondientes a cada ejercicio”.

Pero aclara que para adecuar los centros de detención y conformar los equipos multidisciplinarios, habrá un plazo de siete años para las provincias y la ciudad de Buenos Aires y de tres años para los juzgados federales que dependan de Nación.

“La inversión fue estimada y será costeada en parte con el presupuesto nacional y en parte con los fondos que las provincias tienen para su sistema judicial”, aseguró Dobniewsky,

Más allá de esas previsiones, varios especialistas desconfían respecto de las posibilidades reales de conseguir los fondos en un contexto de ajuste fiscal. Desde Infancia en Deuda, por ejemplo, recuerdan que en enero el Poder Ejecutivo recortó un 56% la partida para la Defensoría de Niñas, Niños y Adolescentes, un 59% los fondos destinados a la Comisión Bicameral encargada de la designación del Defensor o Defensora y un 21% a la Secretaría Nacional de Niñez, Adolescencia y Familia.