Córdoba incorpora lengua de señas a los contenidos curriculares educativos - RED/ACCIÓN

Córdoba incorpora lengua de señas a los contenidos curriculares educativos

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La promulgación de la Ley Nacional de Lengua de Señas Argentina (LSA no solo valida la LSA como parte integral de la herencia cultural argentina, sino que también insta a los sectores públicos y privados a adoptar medidas que garanticen la accesibilidad y participación de las personas sordas.

Córdoba incorpora lengua de señas a los contenidos curriculares educativos

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El Gobierno de Córdoba promulgó el decreto de adhesión a las disposiciones de la Ley Nacional Nº 27710 de Lengua de Señas Argentina (LSA), que implica la inclusión de contenidos curriculares comprensivos en los planes educativos diseñados por el Ministerio de Educación de la provincia.

El decreto 2169, publicado en el Boletín Oficial, establece que los poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial, en el ámbito de sus respectivas competencias, “deben instrumentar acciones tendientes a propiciar e impulsar la inclusión, participación y accesibilidad de las personas sordas, a través de la Lengua de Señas Argentina”.

La Legislatura unicameral de Córdoba, en diciembre último, había aprobado la ley N° 10.949 de adhesión a la legislación nacional, y en ese sentido ordena a los establecimientos o reparticiones públicas y privadas con acceso público, en el ámbito de la provincia, que deben contar con sistemas de información visual, señalización o avisos de cualquier tipo que permitan su reconocimiento a personas sordas.

Además determina que el Poder Ejecutivo Provincial promoverá la inclusión, en forma gradual, de contenidos curriculares comprensivos de la Lengua de Señas Argentina en los planes educativos diseñados por el Ministerio de Educación de la provincia.

La ley nacional de LSA fue sancionada el 13 de abril de 2023 y promulgada el 3 de mayo del mismo año.

Esa legislación tiene por objeto “reconocer a la Lengua de Señas Argentina (LSA) como una lengua natural y originaria que conforma un legado histórico inmaterial como parte de la identidad lingüística y la herencia cultural de las personas sordas en todo el territorio de la Nación Argentina, y que garantiza su participación e inclusión plena, como así también de las personas que, por cualquier motivo, elijan comunicarse en dicha lengua”.

La norma establece que la LSA es la que se transmite en la modalidad visoespacial, que cuenta con una estructura gramatical completa, compleja y distinta del castellano.

Asimismo detalla que al ser visual es completamente accesible desde el punto de vista perceptual para las personas sordas, como así también para todas las personas que, por cualquier motivo, elijan utilizar la LSA para comunicarse, transmitir sus deseos e intereses, informarse, defender sus derechos y construir una identidad lingüística y cultural positiva que les permita participar y trascender plenamente en todos los aspectos de la vida social.

Fuente: Télam.