Cuándo comienza la veda electoral y qué no se puede hacer - RED/ACCIÓN

Cuándo comienza la veda electoral y qué no se puede hacer

 Una iniciativa de Dircoms + RED/ACCION

Desde el viernes 20 de octubre a las 8 de la mañana no podrán realizar ciertas actividades sociales y políticas de acuerdo al Código Electoral Nacional. Las restricciones rigen hasta el domingo de elecciones, a las 22.

Cuándo comienza la veda electoral y qué no se puede hacer

Foto: Reverso.

Este domingo 22 de octubre se realizarán las Elecciones Generales para elegir al futuro presidente de la Argentina y como en cada comicio, la veda electoral que prohíbe ciertas prácticas a los ciudadanos que se encuentren dentro del territorio nacional. Rige a partir del viernes 20 de octubre a las 8 de la mañana hasta el domingo 22, a las 22 horas.

La medida establecida por la Cámara Nacional Electoral (CNE) busca velar por la participación y la transparencia del acto electoral sin intromisiones que puedan perjudicar la intención de voto de la población argentina.

Entonces, ¿qué actividades están prohibidas en todo el país durante esas 48 horas?

Para la población general:

  • No se podrán realizar espectáculos, fiestas teatrales, actividades y reuniones públicas o en espacios cerrados.
  • No se podrá transportar o almacenar armas en espacios públicos y privados dentro de un radio de 80 metros alrededor de los lugares de votación.
  • No se podrá vender bebidas alcohólicas desde las 20 del sábado hasta las 21 del domingo. Los bares, boliches y restaurantes podrán abrir con normalidad, pero tendrán que dejar de vender alcohol a partir de las 20 horas y cerrar sus puertas a las 24 horas.
  • No se podrán usar banderas, distintivos e insignias partidarias partidarias.

Para los candidatos y personas que trabajan para los partidos políticos y los medios:

  • No se podrán publicar resultados de encuestas, proyecciones, sondeos de opinión ni pronósticos electorales desde hoy viernes hasta tres horas después del cierre de los comicios.
  • No se podrán realizar actos públicos de campaña y proselitismo electoral.
  • Entregar u ofrecer boletas de sufragio dentro de un radio de ochenta metros de los lugares de votación.
  • Abrir locales partidarios cerca de los lugares de votación.

¿Qué pasa con quiénes violan la veda electoral?

Aquellas personas que no respeten la veda podrán ser denunciados por violación al Código Electoral y sancionados si la justicia comprueba dicha falta. Asimismo, las sanciones varían según el caso: la venta de bebidas alcohólicas y la organización de espectáculos masivos establecen una pena de entre quince días a seis meses de prisión; y la coacción electoral de 2 meses a 2 años de cárcel.