Impuesto a las Ganancias: quiénes volverían a pagar y desde cuándo - RED/ACCIÓN

Impuesto a las Ganancias: quiénes volverían a pagar y desde cuándo

 Una iniciativa de Dircoms + RED/ACCION

La iniciativa se denomina “impuesto a los Ingresos Personales”. El Ejecutivo busca darle tratamiento en las comisiones en los próximos días. Cabe recordar que forma parte del temario de las sesiones extraordinarias del Congreso.

Impuesto a las Ganancias: quiénes volverían a pagar y desde cuándo

El Gobierno envió las modificaciones en Ganancias a la Cámara de Diputados.

El Poder Ejecutivo envió al Congreso un proyecto de ley denominado «Impuesto a los Ingresos Personales» con el que buscará reemplazar al Impuesto a las Ganancias a la IV Categoría. Cabe recordar que la iniciativa es la más relevante del temario propuesto para las sesiones extraordinarias del Congreso que fueron extendidas hasta el 15 de febrero.

De esta manera la administración de Javier Milei da marcha atrás con la modificación aplicada por el exministro de Economía Sergio Massa y retrotrae el mínimo imponible para trabajadores en relación de dependencia a un sueldo bruto de $ 1.250.000 en caso de solteros sin hijos.

La iniciativa lleva las firmas del presidente Javier Milei, del ministro de Economía, Luis Caputo; y del jefe de Gabinete, Nicolás Posse.

El proyecto denominado ‘Impuesto a los Ingresos Personales’ retrotrae el mínimo imponible para trabajadores en relación de dependencia a un sueldo bruto de $1.250.000 en el caso de solteros sin hijos ($ 1.037.500 neto), mientras que para los empleados casados con dos hijos, el piso será de $ 1.590.062 ($ 1.319.751,46 neto).

Asimismo, la iniciativa dispone que ese monto «se ajustará por trimestre calendario, el 1° de enero, el 1° de abril, el 1° de julio y el 1° de octubre de cada año, a partir del 1° de abril del año fiscal 2024, inclusive, por el coeficiente que surja de la variación del Índice de Precios al Consumidor (IPC) que suministre el Indec».

En concepto de cargas de familia, siempre que las personas que se indican sean residentes en el país, estén a cargo del contribuyente y no tengan en el año ingresos netos superiores a $ 2.360.829, cualquiera sea su origen y estén o no sujetas al impuesto: $ 2.200.918 por el cónyuge.

La deducción prevista en este apartado también será aplicable para los integrantes de la unión basada en relaciones afectivas de carácter singular, pública, notoria, estable y permanente de dos personas que conviven y comparten un proyecto de vida común, sean del mismo o de diferente sexo, que se acredite en la forma y condiciones que a esos efectos establezca la reglamentación.

Según estimaciones, se prevé que alrededor de 800 mil personas volverán a estar alcanzadas por el tributo, dado que en la actualidad sólo pagan Ganancias aquellos que perciben sueldos brutos superiores a los $1.980.000.

La modificación de la ley del Impuesto a las Ganancias, en lo referido a la Cuarta Categoría, fue sancionada por el Senado el 28 de septiembre y entre sus principales aspectos figura la elevación del mínimo no imponible a partir de 2024 al equivalente a quince veces el monto del Salario Mínimo, Vital y Móvil (SMVM), una actualización semestral y una alícuota progresiva sobre el excedente del 27% al 35%.

Ganancias: cuándo entraría en vigencia


A raíz de algunas interpretaciones sobre desde cuándo regiría la nueva ley, el tributarista Sebastián Domínguez, explicó que la norma no puede ser retroactiva a 2023 porque eso afectaría “derechos adquiridos” y aclaró que la “retroactividad” corresponde a que se vuelve al régimen que había en ese momento pero no se le puede descontar nada correspondiente a ese período.  

La vigencia debería ser a partir del 1° de enero dado que Ganancias es un impuesto anual y cualquier modificación debe corresponder al período en curso. 

Sin embargo una opción es que comience a regir desde la sanción de la ley: “Si por ejemplo comienza en marzo, los dos primeros meses se liquidarían con el régimen actual y los 10 restantes con el que disponga la nueva ley sancione”.

Esto dependerá de cómo se desarrolle la negociación en el Congreso. Si se hace con vigencia desde el 1° de enero, los adelantos correspondientes a enero y febrero podrían realizarse en cuotas en lo que resta del año.  

Ganancias: cómo quedaría el nuevo piso en la Patagonia


Cabe recordar que en la Patagonia, que incluye Neuquén y Río Negro, existe un diferencial por la zona patagónica que eleva el número en un 22%. 

Por lo que, si el nuevo piso de ganancias sería de 1.250.000 en bruto para los solteros se le añadiría una suma de 275.000 y se establecería el piso en 1.525.000 pesos en nuestra zona.

En el caso de los casados, con dos hijos, el nuevo piso sería de 1.590.062, por lo que sumado al diferencial patagónico de 349.813 sumaría un total de 1.939.875.

Es decir que, quienes cobren por encima de esa cifra, están incluidos en el impuesto a las Ganancias.

Este contenido fue originalmente publicado en RÍO NEGRO y se republica como parte del programa «Periodismo Humano», una alianza por el periodismo de calidad entre RÍO NEGRO y RED/ACCIÓN.