Elecciones legislativas y discapacidad: 8 derechos que el nuevo Congreso debe contemplar para atender las urgencias del colectivo- RED/ACCIÓN

Elecciones legislativas y discapacidad: 8 derechos que el nuevo Congreso debe contemplar para atender las urgencias del colectivo

 Una iniciativa de Dircoms + RED/ACCION

Las personas con discapacidad, alrededor de un 10% de la población, están en condiciones desiguales en ámbitos como la educación, el trabajo o la vida independiente. ¿Son necesarias nuevas leyes? ¿Hay que reformar las actuales? Abogados, personas con discapacidad y organizaciones de la sociedad civil representativas analizan el tema. Y destacan la importancia de incluir al colectivo en la toma de decisiones.

Elecciones legislativas y discapacidad: 8 derechos que el nuevo Congreso debe contemplar para atender las urgencias del colectivo

Ilustración: Denise Belluzzo

“El propósito de la presente Convención es promover, proteger y asegurar el goce pleno y en condiciones de igualdad de todos los derechos humanos y libertades fundamentales por todas las personas con discapacidad, y promover el respeto de su dignidad inherente”.

Así comienza el artículo 1 de la Convención de los Derechos de las Personas con Discapacidad, un tratado de Naciones Unidas de 2008 que Argentina aprobó por ley en 2008 y al que dio rango constitucional en 2014. En otras palabras, lo que contiene ese documento de Naciones Unidas es una ley cuyo peso, en nuestro país, solo puede ser equiparado al de la Constitución Nacional.

Lo que dice el papel, sin embargo, no se condice con lo que se palpa en la realidad: las personas con discapacidad, alrededor de un 10 % de la población nacional, denuncian regularmente que muchos de sus derechos son vulnerados.

En las elecciones legislativas (las primarias serán el 12 de septiembre y las generales el 14 de noviembre) se renovarán la mitad de las bancas de diputados nacionales y un tercio de los senadores. Mientras ocurre ese recambio, ¿qué leyes reclama el colectivo de las personas con discapacidad? ¿Qué normativas podrían ayudar a que se respetaran sus derechos?

“El faro y la hoja de ruta de la militancia social en la discapacidad es la Convención de los Derechos de las Personas con Discapacidad. Es la que nos indica lo que falta o no en materia de legislación”, introduce el abogado José María Martocci, director de la Clínica Jurídica en Derechos Humanos y Discapacidad, que depende de la Universidad Nacional de La Plata y, con el trabajo de estudiantes avanzados y graduados recientes, recibe consultas y reclamos sobre derechos humanos.

Martocci explica que la convención “es fundamental, cambia el paradigma sobre la discapacidad, porque la considera no desde el diagnóstico de la persona, como lo hace el modelo médico, sino desde las barreras que la sociedad pone a las personas con discapacidad, sea cual sea su tipo o grado, para el ejercicio de sus derechos”. Y enfatiza que “lo que falta no son leyes, sino voluntad política para cumplir con lo que ya está”.

Marcelo Betti, presidente de la Red por los Derechos de las Personas con Discapacidad (REDI), coincide y señala que “aunque no todas las gestiones son iguales, hay algo que las atraviesa: el poco interés en trabajar la temática de la discapacidad”.

El colectivo de las personas con discapacidad es heterogéneo y la gama de derechos vulnerados, amplia. Hay, sin embargo, algunos ejes, por lo menos 8, sobre los cuales giran varios reclamos. Y en todos los casos existen proyectos de ley, ideas para reformar leyes vigentes o modelos implementados en otros países que pueden empezar a resolver o atender esas demandas.

1. Educación inclusiva

“Siguen abiertas escuelas especiales. Se siguen apartando a niños y niñas con discapacidad para depositarlas en sistemas de educación especial. La educación para las personas con discapacidad debe ser la escuela común, que debe adaptarse a cada singularidad cuando aparece una persona”, explica Martocci y completa: “Si hacés que la educación sea inclusiva, en algunas décadas tendrás una sociedad que valore la diferencia”.

A propósito, el presidente de la Asociación Síndrome de Down de la República Argentina (ASDRA), Alejandro Cytrynbaum, considera que una de las leyes que debieran reformarse para estar en línea con la convención es la Ley Nacional de Educación, la 26.206, “para que la educación inclusiva sea expresamente reconocida como derecho humano (conforme al artículo 24 de la convención), y de manera tal que el sistema educativo nacional asuma la responsabilidad y el costo (hoy en gran parte a cargo del sistema de salud) de los apoyos y ajustes razonables”.

Sobre educación inclusiva profundizamos en esta nota.

2. Prestaciones para las personas con discapacidad

“Un tema problemático es el de las prestaciones básicas, contemplado en la ley la 24.901, que regula el trabajo de obras sociales y prepagas. El sistema es ineficiente. Las obras sociales niegan cobertura, retacean, demoran pagos”, dice Celeste Fernández, abogada de la Asociación Civil por la Igualdad y la Justicia (ACIJ).

Cytrynbaum señala que esta ley “debe reformarse para que las prestaciones del sistema básico tengan una mayor propensión a fomentar espacios de inclusión en lugar de espacios de segregación”.

“La 24.901 está pensada desde el modelo médico, por el tipo de prestaciones que reconoce, que son más de tipo asistencial —explica Fernández—. Por ejemplo, no tenés la prestación del asistente personal, sino que tenés un acompañante domiciliario, que no es lo mismo. Básicamente, la ley proporciona apoyos vinculados siempre a la salud, porque se ve a la discapacidad como una enfermedad que necesita tratamiento. Entonces, por ejemplo, no se contemplan como prestaciones apoyos a nivel laboral o para la educación”.

A su vez, la abogada reconoce que en este caso también falla el cumplimiento de la ley: “Hay una ineficiencia del sistema: está muy burocratizado, muchas obras sociales son deficitarias, retacean cosas y las demoras son eternas”.

Por otra parte, para Cytrynbaum también es necesario reformar la ley 22431 “Sistema de protección integral de los discapacitados”, ya que “mantiene una mirada de segregación y paternalista de la discapacidad”. Esta ley, dice en su artículo primero, busca asegurar a las personas con discapacidad “su atención médica, su educación y su seguridad social”.

Desde REDI, Betti agrega que tanto la 24.901 y como la 22.431 “son leyes importantes, con muchos años de antigüedad, que están diseñadas con una concepción de la discapacidad que no es la que propone la convención, pensando la discapacidad como una construcción social, sino que se basan en el modelo médico”.

3. Ingreso universal

“Algo que las personas con discapacidad han pedido es un ingreso universal por discapacidad. Porque hoy hay un sistema de pensiones que tiene ciertos requisitos bastante restrictivos. Lo que se quiere es un ingreso universal solo por tener discapacidad”, cuenta Fernández, de ACIJ.

“Se podría pensar en una ley de asignaciones económicas por discapacidad para reforzar el sistema de seguridad social, que hoy está pensando desde las pensiones por invalidez”, propone Betti, de REDI.

Concretamente, el ingreso al cual pueden acceder algunas personas con discapacidad a nivel nacional se llama “pensión no contributiva por invalidez”, destinada a quienes acrediten una disminución del 76 % o más en su capacidad laboral. Y ronda los $ 15.000 mensuales.

“Creemos que ese es un instrumento de política pública, que si bien puede ayudar a paliar alguna situación, no está enmarcado en la convención (habla, por ejemplo, de ‘invalidez’) y tienen un monto muy bajo. Para personas con discapacidad, que necesitan muchos apoyos y cubrir muchas necesidades económicas, de traslados, asistentes personales, es insuficiente”.

En esa línea, Martocci recuerda que “el artículo 28 de la convención habla de derecho a nivel de vida adecuado. Significa que el Estado debe solventar un mínimo de subsistencia para personas con discapacidad en el país, que es algo que no se cumple. Hoy las pensiones por discapacidad tienen montos miserables”.

A propósito, la Asociación Azul (una organización de personas con discapacidad de la ciudad de La Plata) reclamó al Instituto de Previsión Social de la provincia de Buenos Aires que la pensión por discapacidad se ajuste al mínimo vital y móvil. “Si tomamos en serio el artículo 28 de la convención, cada persona con discapacidad debiera contar con un ingreso mínimo, vital y móvil (hoy de $ 29.160), salvo que acceda a trabajo formal”, destaca Martocci.

4. Trabajo

La Convención de los Derechos de las Personas con Discapacidad señala que estas personas tienen derecho a trabajar en igualdad de condiciones con las demás. Sumado a esto, en Argentina existe por ley un cupo laboral del 4 % para empleados públicos, cuyo cumplimiento es marcado desde REDI como una de las urgencias más grandes del colectivo.

“En la Nación, hay una gran ley de cupo laboral desde hace 30 años y no se cumple. También hay una sentencia para que el poder judicial cumpla con el cupo y no sucede”, se queja Martocci.

Por otra parte, para Cytrynbaum debe reformarse la “ley del régimen laboral de talleres protegidos, la N° 26.826 (de la cual hablamos en esta nota) para incorporar normas de promoción expresas a las modalidades de empleo con apoyos en el mercado laboral abierto”.

5. Asistencia personal

“La convención también habla de garantizar el derecho a la vida independiente, para lo cual se crea la figura de la asistencia personal”, explica Martocci. Y aclara que no se trata de “asistentes médicos, terapéuticos, sino de personal para remover las barreras que alejan a las personas con discapacidad de sus derechos”.

La Asociación Azul es una de las organizaciones que forman parte del proyecto Vida Independiente, cuyo propósito declarado es “que las personas con discapacidad podamos ser protagonistas de nuestras propias vidas y ejercer el pleno control sobre ellas, según nuestras propias ideas, opiniones, preferencias, deseos y necesidades”, algo que toma las bases del Movimiento de Vida Independiente, una corriente mundial que tiene su origen en Estados Unidos.

Uno de los pilares para una vida independiente es lograr que se sancione una ley de asistencia personal. “Es nuestra prioridad ahora. Hay un proyecto de ley presentado en la provincia de Buenos Aires, y estamos trabajando con (la psiquiatra) Alexia Rattazzi y el diputado Eduardo Buccca un proyecto a nivel nacional”, cuenta Julián Vázquez, parte de la Asociación Azul, quien conoce el tema no solo desde lo teórico: tiene una discapacidad motriz y los audios de WhatsApp con los que responde son enviados con la ayuda de su asistente personal, Julián Volpi.

El proyecto bonaerense propone que el Estado garantice a las personas con discapacidad un asistente personal. Un asistente personal, según lo define el proyecto, es una persona que provee “apoyo humano a una persona con discapacidad y que cumple con sus indicaciones para ayudarla a realizar sus actividades, según sus intereses y necesidades”.

“Siempre tenemos expectativas con las elecciones, lo que pasa es que los candidatos no hacen de la discapacidad el eje de sus propuestas”, agrega Vázquez.

6. Capacidad jurídica y accesibilidad

En sintonía con vivir una vida independiente, otro derecho que debiera estar garantizado es al ejercicio pleno de la capacidad jurídica.

A propósito, en esta nota contábamos que muchas personas con discapacidad no pueden tomar decisiones como disponer de su patrimonio, votar o casarse. En muchos casos no se les provee la información necesaria, en otros, no se les brindan apoyos.

Si bien el actual Código Civil y Comercial de la Nación, vigente desde el 2016, presume que toda persona tiene capacidad de ejercer sus derechos, también permite que tanto familiares como el Ministerio Público puedan solicitar un juicio para restringir su capacidad jurídica. Y en estos juicios, según apunta una investigación del Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS), “la voz de las personas con discapacidad psicosocial está frecuentemente ausente o desestimada. Los márgenes para que puedan manifestar su voluntad son exiguos”.

7. Accesibilidad

El concepto de accesibilidad es amplio. Y aunque los reclamos por accesibilidad a espacios físicos para personas con movilidad reducida son una constante, en la pandemia fue notoria la falta de accesibilidad digital para personas con distintos tipos de discapacidades. “Tenemos una ley de accesibilidad digital, pero es muy cortita, se limita a regular contenidos de sitios web. Pero hace falta un marco más general, que regule derechos como infraestructura y todo tipo de comunicaciones. En Argentina se impulsaron temas como lectores de pantalla, pero se invisibilizan ciertas discapacidades, como quienes tienen discapacidad intelectual y necesitan acceder a materiales en otros formatos como lectura fácil”, señala Fernández.

En este sentido, desde REDI suman que debe cumplirse la ley del Tratado de Marrakech, la cual fue sancionada en noviembre de 2020 y que busca garantizar el acceso a libros en distintos formatos accesibles.

8. Capacitación en discapacidad

Soledad Gelves es presidenta de la Federación Argentina de Instituciones de Ciegos y Ambliopes (FAICA) y dice que sería necesaria una ley “de formación obligatoria para agentes de la administración pública en perspectiva de discapacidad”.

Precisamente, para Fernández “otra deuda es la capacitación en discapacidad entre funcionarios públicos, como una ‘ley Micaela’ sobre el tema, algo sobre lo que se presentó un proyecto en la provincia de Buenos Aires”.

Bonus track: reclamos de colectivos específicos

A propósito de FAICA, hay colectivos que representan a tipos específicos de discapacidad que reclaman por derechos puntuales. Concretamente, esta organización que nuclea a personas con discapacidad visual, reclama desde hace años que se garantice un aspecto clave de la accesibilidad: la electoral.

“En las elecciones de 2019 realizamos una campaña en redes para visibilizar la inaccesibilidad con el #ElVotoAsistidoNoEsAutonomía, en referencia a que no estaba garantizada la accesibilidad en los cuartos oscuros al momento de votar: lo que se ofrecía era ingresar con asistente”, cuenta Gelves. También exigen que el padrón electoral sea accesible en la web y que se informe la metodología a usar en el día de las elecciones en el caso de personas ciegas o con discapacidad visual.

Otro de los colectivos de discapacidad más representativos es el de las personas sordas y con discapacidad auditiva (cuyos números se estiman que en el país en 70.000 y 450.000 respectivamente). A propósito, la Confederación Argentina de Sordos (CAS) tiene en claro cuál es la prioridad: “Antes que todo está el reconocimiento legal de la Lengua de Señas Argentina (LSA) como lengua natural de las personas sordas”. Esto implica considerarla como la lengua “originaria y que conforma un patrimonio cultural intangible de las personas sordas en todo el territorio de la República Argentina que deseen utilizarla. Asimismo, tiene por objeto implementar medidas adecuadas para equiparar las oportunidades para las personas que se comunican en dicha lengua”.

En esta nota, contábamos que desde 2004 la comunidad sorda ha presentado distintos proyectos en esta línea en el Congreso. Desde la Confederación Argentina de Sordos impulsan un proyecto presentado originalmente en 2014 y más recientemente en 2019. En dicho proyecto se destaca que el reconocimiento de las lenguas de señas es una tendencia mundial. Hoy, en Sudamérica, Argentina y Guyana son los únicos países que no han reconocido como oficial la lengua de señas nacional.

“Consideramos que nuestro proyecto es distinto a otros, porque abarcamos más la mirada social cultural, que hace foco en lo que poseemos —una lengua visual y una cultura producto de esos intercambios—. Entonces el abordaje sería desde los derechos humanos y lingüísticos, cuyas connotaciones se sustentan más que en evidencias científicas que nos respaldan, en lo que vivimos a diario las personas sordas enfrentando barreras comunicacionales”, explican desde la CAS.

Modelos que vale la pena mirar

“El mundo, en general, considera a la persona con discapacidad como alguien improductivo. No es que estas cosas pasan solo en Argentina”, señala Martocci. Si bien admite que hay países que en algunos ámbitos marcan ejemplos a seguir, hace una salvedad: “Hay que tomar con cautela los modelos, porque sin estar no podés saber bien que pasa”. De todos modos, señala que, por ejemplo, en materia de educación inclusiva, es destacable lo de Quebec. “Allá, la escuela se acomoda al niño, no al revés”.

Además del caso icónico de Italia, en la región, hay otros países que han avanzado en educación inclusiva. Por ejemplo Colombia, donde un decreto de 2017 garantiza el acceso “de todos los estudiantes con discapacidad a la oferta institucional existente, cercana a su lugar de residencia, con estudiantes de su edad, sin que la discapacidad sea causal de denegación de ingreso”. Paraguay, en tanto, también tiene una ley reciente de educación inclusiva.

En materia de capacidad jurídica, Colombia también hizo un avance normativo: allí, a diferencia de Argentina, es la propia persona con discapacidad la que puede iniciar el proceso de pedir un apoyo para ejercer sus derechos.

Otro país donde encontrar un modelo en este aspecto es España, donde en mayo de sancionó una ley que elimina las incapacitaciones judiciales para personas con discapacidad.

“Hay algunos países que trabajan mejor que otros algunas temáticas. Otros no suscriben a la convención siquiera, como Estados Unidos. Pero lo que es destacable en otros países es que hay más rendición de cuentas: el incumplimiento de la ley trae multas o algún tipo de pena a quien lo incumple, al Estado, al empresario o quien lo encuentre”, suma Betti.

La importancia de escuchar a personas con discapacidad

Martocci destaca que, además de voluntad política, “es necesario que las personas con discapacidad se muevan, ocupen la calle, se empoderen”. Aunque señala que “hay militancia en el país de parte de muchas organizaciones”, no elude que a las personas con discapacidad todo le resulta más complicado, justamente, por las distintas barreras que deben enfrentar a diario.

Estamos intentando ser incluidos en el Congreso de la Nación. Deciden por nosotros personas que no tienen idea cómo es nuestro día a día”, señala una mujer con discapacidad en un grupo de Facebook. Y enfatiza que el colectivo debe participar de la elaboración y el cumplimiento de las leyes que lo involucran: “Todo con nosotros nada sin nosotros”.